Canal ético

Formula consultas o envía comunicaciones internas de información sobre posibles ilícitos, irregularidades y no conformidades sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones

 

El Canal Ético es el canal de comunicación interna de Grupo Moure 24, S.L. y sus filiales,  Autonet Baleares, S.L., Petronet España, S.A.U. y Washnet Factory, S.L., (de ahora en adelante, referenciados como «GRUPO MOURE») para formular consultas o enviar comunicaciones internas de información sobre posibles ilícitos, irregularidades y no conformidades sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones:

  1. Del derecho de la Unión Europea.
  2. Penales o administrativas graves o muy graves.
  3. Del derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  4. De normativas aplicables a GRUPO MOURE.

El Canal Ético se basa, entre otros, en los principios de confidencialidad, buena fe y prohibición de represalias, por lo que se respetará en cada momento los derechos de las personas que se pongan en contacto con nosotros.

La información proporcionada a través de este canal debe ser precisa y relacionarse exclusivamente con una acción u omisión que podría ser una violación legal o una transgresión de nuestro Código General de Conducta.

La normativa garantiza que no se tomarán represalias contra las personas que utilicen el Canal Ético de manera apropiada, siempre respetando los derechos de las personas que se comuniquen con nosotros. Sin embargo, también establece sanciones para aquellos casos en los que se haga un uso inadecuado, como la presentación de información falsa.

A través del Canal Ético, es posible:

  1. Realizar comunicaciones por escrito.
  2. Realizar comunicaciones a través de grabaciones de voz.
  3. Hacer seguimiento de comunicaciones previamente presentadas (el Canal Ético mantendrá la comunicación con el denunciante mediante un código único emitido por el Canal una vez que se haya presentado la comunicación).

No se permite el uso del Canal Ético para otros propósitos, incluyendo asuntos puramente laborales que no impliquen violaciones legales (como disputas interpersonales que no constituyan acoso o problemas con las condiciones de empleo), o reclamaciones relacionadas con la gestión cotidiana de los servicios prestados por las empresas del Grupo (por ejemplo, incidentes en una estación de servicio), que deben ser gestionadas a través de los canales establecidos para tales fines.

Puede obtener más información sobre la Ley 2/2023, de 20 febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre las infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción

Puede consultar la política de privacidad en este enlace.

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